CIDH comienza hoy evaluación de DDHH postelectoral en Honduras

CIDH podría rechazar la Ley de Ciberseguridad de Honduras

El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh), Roberto Herrera Cáceres, alertó de la necesidad de seguir los parámetros internacionales de derechos humanos en la aprobación de la Ley Nacional de Ciberseguridad y evitar lo que pasó con la Ley contra el Odio en Venezuela que fue rechazada por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH).

El Defensor del Pueblo advirtió que, en la medida que esa Ley  no vaya de acuerdo con la finalidad de combatir la apología del odio vinculada a esa promoción o fomento de violencia y discriminación, no es legítima y va a tener problemas no solamente a nivel nacional sino que internacional

“Tenemos que tener mucho cuidado en seguir los parámetros internacionales de derechos humanos en esta materia y no estar en situaciones como las que ha rechazado la misma CIDH en el caso de «Ley Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia” de Venezuela”, señaló.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH  expresó su preocupación luego que el  8 de noviembre de 2017 se aprobará, en Venezuela, la “Ley contra el Odio” cuyas disposiciones establece sanciones penales exorbitantes y facultades incluso para censurar a medios tradicionales e Internet, en contraste con los estándares internacionales en materia de libertad de expresión.

La Relatoría Especial instó a las autoridades venezolanas a dejar sin efecto la norma aprobada y desarrollar una discusión abierta y participativa sobre la cuestión de la incitación a la violencia por razones discriminatorias o aquellas expresiones que inciten a la violencia, a la luz de los principios del derecho internacional de los derechos humanos y rectifiquen los aspectos que podrían conducir a una grave afectación del derecho a la libertad de expresión en ese país.

El ombudsman hondureño es del criterio que la Ley de Ciberseguridad y Medidas de Protección ante los Actos de Odio y Discriminación en Internet y Redes Sociales, debe tener un enfoque de derechos humanos para no lesionar el derecho a la libertad de expresión que debe ser respetado plenamente.

“Si no se parte de un concepto claro, de acuerdo con  los derechos humanos, ni en el preámbulo ni en su contenido, en algún momento puede vulnerarse la libertad de expresión” advirtió.

Indicó que, en esa ley, debe quedar resguardada tanto la libertad de expresión que incluye el acceso y uso del internet como la prohibición de la apología del delito que instigue a la violencia, la discriminación.

“Esta ley tendría legitimidad internacional si los contenidos corresponden a ese enfoque de hacer prevalecer la dignidad humana de los habitantes de Honduras”, puntualizó.

Explicó que la libertad de opinión es absoluta  y su ejercicio no puede tener restricciones o excepciones, en cambio, el derecho a la libertad de expresión, que no es  absoluta, tiene límites fijados expresamente por la Ley para que prevalezca la dignidad de las personas.

 La apología del odio debe ser prohibida

Herrera Cáceres es del criterio que el Estado hondureño tiene, según los tratados internacionales de derechos humanos, la obligación internacional de prohibir legítimamente, por medios legales, toda apología del odio que constituya incitación a la discriminación, hostilidad o violencia contra cualquier persona o grupo de personas.

Sin embargo, pese a que es legítimo prohibir las formas de expresión de odio que constituyan incitación a la violencia o discriminación, ello no debe traducirse ni en censura previa ni en restricciones indirectas a la libertad de expresión.

Reiteró que la Ley de Ciberseguridad debe tener normas claras, precisas y necesarias con el  fin de salvaguardar la dignidad humana, sin afectar la seguridad jurídica del funcionamiento de los medios de comunicación, ni crear un efecto intimidatorio o inhibitorio en el espacio público o en las redes sociales, incompatible con una sociedad democrática

La Ley de Ciberseguridad que se discute en el Congreso Nacional establece sanciones de multa  que van desde los 50,000 a un millón de lempiras hasta la suspensión y bloqueo del sitio conforme al reglamento que se establezca para tales efectos.

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